La apoteosis de la seguridad

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1. El derecho a la vida resulta el
primero sólo en tanto que  fundamental, puesto que sin él no habría ningún otro derecho. No
es poco, pero tampoco es todo. Su anterioridad será así temporal y lógica, mas
no se trata de una prioridad cualitativa o una prevalencia moral. Por eso es
falso pregonar sin otros matices –como hace Juan Aranzadi- que “antes incluso
que los derechos y libertades políticas, y por encima de ellos, está el derecho
a la vida” (I, 663). Tal cosa sería tomar la condición del valor por el valor
mismo y por el máximo valor; el bien subjetivamente más preciado como el
objetivamente más precioso. El derecho a la vida precede a los demás derechos,
desde luego, porque éstos tienen que suponer aquél; pero ese particular derecho
a la vida sólo se llena de sentido gracias a los otros. Este derecho
fundamental es, en el fondo, el derecho a la vida digna; a una vida que se despliega más allá del mínimo
vital.

 

Para
entenderlo mejor, bueno será no confundir los derechos y los deberes de todos
con respecto a la propia vida.  El
derecho más básico es el derecho de los otros a la vida, y de ahí mi deber más primario de no atentar contra ella. Y
como yo también soy otro para los otros, mi derecho básico a la vida engendra
el deber básico ajeno  a
respetarlo. Ahora bien, “el que el deber más básicamente exigible a los otros,
derivado de un derecho, sea el no atentar contra mi vida, no quiere decir que
mi derecho/deber más básico respecto a mí mismo, sea el mantenimiento de mi vida
(…). En este sentido, es cierto que hay causas que están por encima de la
vida -propia-, precisamente la causa de los derechos de todos. Desde ella es
plenamente coherente estar dispuestos a arriesgar la propia vida” (Xabier
Etxeberría, 2006).

 

Dicho
en otras palabras, el derecho a la vida, en tanto que vida digna, valiosa o
propiamente humana, incluye contar con la posibilidad de aceptar la propia
muerte para salvaguardar ese valor. 
Sólo los seres que conocen el valor de la vida tienen derecho a escoger
con lucidez una muerte arriesgada. Sólo quien sabe cuánto vale la libertad
puede poner en peligro su vida para tratar de liberarse y liberar  a otros de vivir en la servidumbre. Un
sacrificio semejante requiere que antes nos valoremos a nosotros mismos en el
precio justo. “¿Y cuál es el precio del hombre que tapa los oídos al grito de
la víctima y que, ante la injusticia, consiente en agachar la frente?”. En
suma, “la diferencia es ya grande entre quienes eligen arriesgarse y quienes
eligen callarse” (A. Camus, Crónicas 1944-1948 ).

 

2. Así las cosas, de la naturaleza misma del deber
correspondiente a este derecho, el de respetar la vida ajena, ¿no se
desprenderá también el deber de defenderla cuando esté amenazada, y tanto más cuanto más injusta sea tal amenaza?
Además del deber negativo de no dañar a los hombres, ¿no nos obligará algún
deber positivo de favorecer su bienestar? Y ese deber ¿no llegará a incluir el
de arriesgar la vida propia en
ciertas situaciones?

 

Se replicará que los actos heroicos o supererogatorios, por muy valiosos que sean, en modo alguno son
obligatorios. Aranzadi, por ejemplo, da por seguro que la conciencia moral nos
solicita  abominar de “cualquier
Causa (…) que exija morir o matar por ella”. De ser así, es de temer que nos
solicitara igualmente dejar de vivir como humanos, o sea, como seres que
invocan razones y valores por los que guiarse y justificarse. Tal cosa sería
descender a un nivel natural o premoral de la acción humana, un talante que
lleva a muchos  -según consignó el
clásico-, con tal de vivir, a renunciar a las razones que dan valor a la vida: et
propter vitam vivendi perdere causas
.

 

Porque la tentación innegable de ese a quien venimos
calificando de «espectador» estriba en prescindir paulatinamente de
todos los demás derechos con tal o a fin de salvaguardar este primordial
derecho suyo a la vida; en estar dispuesto a sufrir la indignidad o el expolio
de sus derechos, a condición de preservar la supervivencia. Eso es precisamente
lo que el agresor, el asesino o el terrorista escuchan con nitidez en muchas de
nuestras rituales declaraciones de condena: que, salvo a la vida, podemos
renunciar a todo lo demás. Proclamo entonces que estoy en la obligación de
cuidar de mí por encima de todo. Lo que era deber pasivo del otro pasa a ser mi
principal deber activo con relación a la propia vida. Que nadie me pida
arriesgar un pelo por el bien, el derecho o la salvación de nadie, porque mi
derecho a la existencia es absoluto y estaría más allá de cualquier otra
consideración. He ahí la apoteosis de la propia seguridad con exquisita  conciencia.

Mayorcito, de 1945. Por origen local y afición personal, confieso que me sería aplicable aquel absurdo de pertenecer al “pensamiento navarro”. Imparto clases de Filosofía Política y Teoría de la Democracia en la Facultad de Filosofía de San Sebastián (Universidad del País Vasco). Me han publicado varias recopilaciones de artículos de prensa sobre cuestiones civiles actuales, muy en particular sobre el nacionalismo vasco de nuestros pecados. Entre mis ensayos éticos estoy prudentemente satisfecho de La compasión. Apología de una virtud bajo sospecha, La tolerancia como barbarie (En M. Cruz, comp., Tolerancia o barbarie) y La virtud en la mirada. Ensayo sobre la admiración moral. En materia de filosofía política creo que son útiles manuales universitarios como Teoría política: poder, moral, democracia; El saber del ciudadano; Las nociones capitales de la democracia, obras colectivas de cuya edición he sido responsable. Soy colaborador habitual, desde el año l986, en las páginas de "Opinión" de El País y, más tarde, de El Correo y Diario de Navarra. Venido de movimientos ciudadanos como ¡Basta ya!, me afilié al partido Unión, Progreso y Democracia desde su nacimiento. Y no hay mucho más que contar.